Publicada D.O. 20 ene/998 - Nº 24955
Ley Nº 16.905
SE DECLARA HIMNO CULTURAL Y POPULAR DE
El Senado y
DECRETAN:
--------------------------------------------------------------------------------
Artículo 1°.- Declárase Himno Cultural y Popular de
Artículo 2°.- La declaración dispuesta en el artículo anterior comprende únicamente la música, no alcanzando las letras que se hubieren agregado a la referida pieza musical.
Sala de Sesiones de
HUGO BATALLA,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 2 de enero de 1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
SAMUEL LICHTENSZTEJN.